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"ASUNTO ISLEÑO" => Islas, Terrenos, Casas, Quintas, Inmobiliarias => Mensaje iniciado por: demian en Junio 14, 2012, 01:50:58 am

Título: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: demian en Junio 14, 2012, 01:50:58 am
hola aqui demian ,hace poco estoy en el foro y no veia la hora de hacer algun aporte que sea un poquito importante.

hoy conoci una persona ,que compro un terreno con escritura , esta persona ,lo fue a ver estaba todo bien ,lo pago y listo ,peroooooo


cuando volvio luego a su terreno  ,la persona del lote de al lado habia cerrado todo el perimetro del lote no dejando poder ingresar a esta persona que compro con escritura

(al parecer esta persona de al lado  que cierra el lote que compro la persona que yo conozco  ,estubo pagando impuestos del terreno que no era suyo !! ,los que le vendieron a la persona que yo conozco tenian escritura pero parece no habian pagado los impuestos ,bueno ahora esto esta en legales


no doy nombres, ni generos masculinos ni femeninos ,ni ubicacion del terreno por las dudas de meter la pata ,en algo legal o molestar a alguna persona con este post  ,pero me parece importante ver que ademas de la escritura hay que revisar los papeles de pago de impuestos y ademas ciempre es bueno hablar con los vecinos de donde uno va a comprar


besos a todos espero haber sido claro y que a alguien le cirva y espero haber sido lo mas discreto posible en mi forma de contarles este caso.
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Jose2008 en Junio 14, 2012, 02:29:12 am
Si hizo la operación con escribano, al menos debería ser asi para que la nueva escritura figure a su nombre, el profesional debe corroborar que esten los impuestos al día y no tenga deuda. Creo que si existen deudas no puede completarse la operación.
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Pablín en Junio 14, 2012, 08:23:39 am
Es un tema complejo el que planteas, José, ya que el problema del delta en cuanto a seguridad no es solamente gente que viene de afuera a apoderarse de lugares y objetos, sino también de isleros que se avivan, no respetando lo ajeno, lo que pertenece a otro ser humano liberando sus propias pulsiones.

Siguiendo con tu relato, estimado José, tu amigo hizo o habría hecho bien las cosas, pues compró con escritura, paso fundamental, También y como paso previo a ello fue a ver el terreno.

Por otro lado, el pago de impuestos no le otorga derecho alguno a la propiedad o mejor dicho no implican actos posesorios, aspecto pacífico y uniforme en la jurisprudencia; actos necesarios para que transcurridos 20 años y juicio de usucapión de por medio, acceda al derecho de propiedad sobre el inmueble pretendido.

Con relación al escribano y siempre acorde a tu relato, si al escriturar, el vecino vino pagando impuestos, no habría deuda ninguna, así que por ese lado no parecería impericia alguna de parte del notario; sin perjuicio, de que el vendedor notara ese hecho y guardó silencio y seguramente, pero es una suposición, la actitud del vecino, no le resultaría ajeno.

Lo mejor para tu amigo en esta etapa dificil!! :( :(
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 14, 2012, 09:54:44 am
Totalmente de acuerdo con las respuestas de José y Pablín.
El pago de impuestos no acredita titularidad o posesión legal de un terreno y/o inmueble. Esta se logra, tal como dice Pablín, con un juicio por usucapión ( o veinteañal) que no es nada breve ni sencillo.
Por otro lado, Demián, o tu amigo no tomó los recaudos necesarios para corroborar la validez de la documentación o el profesional que intervino cometió
una "desprolijidad". Si esto no se soluciona conversándolo, solo cabe la acción legal contra el vecino que alambró el terreno por usurpación y violación de propiedad privada más todas las causas pertinentes que le quepan, también hay que accionar contra el profesional interviniente si se comprueba algo doloso.
Consejo: que tu amigo  consulte con un abogado ducho en el tema y de su confianza. Si él compró de buena fe (y "por derecha") la propiedad es suya.
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: demian en Junio 14, 2012, 03:04:45 pm
si estoy de acuerdo con lo que ponen ,yo compre hace menos de un mes ,y lo que me fije aparte de que la escritura este perfecta es que los impuestos esten a nombre de esa misma persona,ademas puse un asesor amigo que entiende de temas de escritura y el escribano lo elegi yo mismo ,por lo menos uno trata de hacer lo mejor posible las cosas.

la verdad que mucho mas no se de la persona que tubo este problema ,pues me lo conto hayer ,pero lo queria comentar para poner de sobreaviso a todos los compas de foro.

habrazo .
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: carapachay en Junio 14, 2012, 03:50:16 pm
Demián...  Las respuestas de José, Pablin y Adrián contienen elementos que aseguran no atravesar dificultades al momento de ser propietario... Como observación técnica te diría que no sólo es necesaria la escritura registrada en este caso en La Plata para ser propietario, sino también la "tradición" del inmueble, o sea la entrega del inmueble por parte del vendedor al comprador, situación que en los hechos se traduce en el caso de los edificados, con la llave del mismo, siendo más dificil en el caso de los terrenos.
Si el comprador fue al terreno y no vió acto posesorio alguno por parte del vecino u otra persona ajena a la finca, no pudo el vecino haber adquirido  "derechos posesorios" siendo completamente ilegal la postura adoptada, ya que se trata de "usurpación".  Para poder usucapir la posesión veinteañal mencionada no debe ser turbada, y debe transcurrir ese tiempo sin reclamos o turbaciones para que el juez decrete el cambio de dominio. El pago de los impuestos es una clara señal para el juez que la persona posee "animus dómini", o sea, una seria intención de ocupar con ánimo de dueño una propiedad abandonada por su dueño, pero por si sola, es insuficiente, pues la posesión que desarrolla el vecino no tiene que ser controvertida.
Esto que pasó, puede pasar en cualquier operación inmobiliaria, sobre todo con los terrenos sin construcciones, e incluso bastante tiempo después de escriturar.
Hay remedios judiciales para resolver estos temas, que lamentablemente llevan tiempo, gastos y dolores de cabeza. Como dijo Pablín, a pesar de tomar todos los recaudos legales, hay que ir también al predio y charlar con los vecinos, ver los comentarios de la gente del lugar,  molestia que permite ahorrar tiempo y plata en problemas posteriores.
Saludos
Carapa  :(
 
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 14, 2012, 09:07:01 pm
Guille, como siempre y como buen profesional que sos: impecable tu aporte !

Me permito sugerirte e invitarte a que prepares una especie de "tutorial abreviado" similar al anterior para agregar el tema fijo CONSEJOS BÁSICOS PARA LA COMPRA DE UNA PROPIEDAD (http://laisladelta.com/foro/index.php?topic=1079.0)
ya que vendría muy bien para asesorar y alertar a futuros compradores de una manera profesional sobre algunas (porque hay muchas) irregularidades en el negocio o proceso inmobiliario a fin tomar los recaudos necesarios.

Gracias Dr. Carapa!  ;)
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: demian en Junio 15, 2012, 12:56:39 am
exelentes aportes
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: patricia en Junio 15, 2012, 03:48:06 pm
Carapa, me parece muy buena la idea de Adriano nos evitará repetir lo mismo con cada forista que ingresa con intención de comprar.
Deale, deale! ;D
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: RODRIGO73 en Junio 15, 2012, 05:12:40 pm
Que me corrija Carapa
Tengo entendido que si este "supuesto usurpador" mañana se aparece con una cabaña instalada en el terreno, y si pagó los impuestos, se hace muy dificil sacarlo porque se le debería pagar por lo construido (o las mejoras que hubiera hecho y pueda demostrar)
Es esto así?

Por otro lado, no se debería haber hecho la agrimensura y amojamiento previo a la escritura?

Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 15, 2012, 08:08:46 pm
Perdoná la intromisión Rodrigo y a mi también que me me corrija Carapa...

Tal como se dijo antes, el pago de impuestos por sí mismo, no acredita posesión.
Si tiene ese terreno por Usucapión debe demostrar fehacientemente por medio de comprobantes (facturas, planos, presupuestos, fotos) y hasta testigos que se hizo cargo de dicha propiedad durante 20 años (plan veinteañal. Se puede hacer hasta con 10 años...) además testigos, mensura catastral y demás requisitos. No es tan fácil... y nadie le debe pagar nada.
Respecto a la mensura y amojamiento es obligación la intervención de un agrimensor para efectuar la venta. Por eso en mi post original comenté: "si tu amgigo la compró por derecha..."

Todo un tema (muy reiterado en las islas...)

SOCORROOOO CARAPAAA !!!
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: carapachay en Junio 15, 2012, 08:28:57 pm
Amigos isleños...
El tema pede aburrir pues es complejo, pero a veces lo que abunda no daña...
A la invitación de Rodrigo puedo acercar mi comentario, que si es aburrido con un clik se resuelve... ;)
El tema es complejo ya abría que determinar en estos casos el tiempo transcurrido en la posesión del inmueble, pues el mismo determina si el ocupante ha adquirido derechos posesorios,  y también saber si la posesión se constituyo de buena o mala fe.
El propietario de cualquier modo posee además de las acciones posesorias, una acción real que es la reivindicatoria, que le permite ejercer el derecho de restitución en un juicio ordinario,  durante el transcurso de los 20 años que exige la ley para adquirir el dominio por usucapión.
La acción de reivindicación se origina en el derecho real de dominio y  tiene por objeto una cosa singular, esto es particular, cierta y determinada;  la tiene el verdadero dueño contra el que posee la cosa singular que no es suya y da origen a un juicio en el que se discute la calidad de propietario.
En general, la buena fe del poseedor regula el sistema de prestaciones mutuas, pero no evita la prosperidad del juicio reivindicatorio, salvo que la prescripción de esta acción se haya consumado. 
En el caso de las acciones posesorias el código civil  las trata en el título III del Libro III (arts. 2468 a 2501). Establece que el procedimiento de estas acciones será el sumario, y en la forma que establezcan las leyes procesales.  El Código sienta varios principios: 1. El que no tiene la posesión de la cosa, no puede tomarla por sí mismo, sino que debe recurrir para ello a la justicia. 2. Todo poseedor o tenedor tiene derecho a no ser turbado en su posesión arbitrariamente, pero para ejercer acciones posesorias, que tienen por objeto la restitución de la cosa o su manutención 3. El que ya está poseyendo puede usar la fuerza para repeler a quien pretende desposeerlo, o recobrar inmediatamente la posesión que le quitaron, si tarda en llegar el auxilio de la justicia, sin exceder la legítima defensa. 4. Para entablar una acción posesoria no se requiere la buena fe, pero sí, una posesión pública y continua de por lo menos un año (salvo que quien la turbe no sea poseedor anual, y no tenga derecho de posesión) pudiendo unir su posesión a la de quien se la transmitió, y que no sea viciosa, ni clandestina ni precaria. 5. Si se ejerce una acción real, no podrá ejercerse luego una acción posesoria, pero sí a la inversa. 6. La ley 17.711 ha incorporado acciones posesorias, llamadas acciones policiales por la doctrina, concretamente la de despojo, que les son concedidas a todo poseedor o tenedor, salvo que posea en interés ajeno, o por relación de dependencia, aún vicioso, que procede aún contra el dueño del bien (art. 2490 y ss.)

En la situación de haberse iniciado el proceso con la acción reividindicatoria, si se hace lugar a la misma, el demandante (propietario) solo está obligado a abonar al poseedor de buena fe el valor de los gastos realizados en mejoras necesarias, y las útiles en el mantenimiento del inmueble como ser cerramientos de su perímetro, alteo de nivel para evitar inundaciones,  impuestos y tasas abonadas por el ocupante, gastos necesarios para el mantenimiento en valor de las construcciones existentes al momento de la ocupación (reparación de su techo por roturas y filtraciones), o sea, aquellos gastos que demandó el inmueble en procura de su mantenimiento  físico y legal, exceptuándose las mejoras superfluas, voluptuarias o suntuarias que no han sido útiles a tal fin.
 
En el caso planteado en el foro, la posesión ha sido evidentemente de mala fe (solo se argumentó tener derecho por haber pagado los impuestos), ya que el ocupante la tomó a sabiendas que el inmueble poseía dueño por lo que si le interesa la cabaña al propietario,  podría abonar su precio o decirle al ocupante que retire la misma sin que produzca daños sobre el inmueble, porque si lo hace debe hacerse cargo de su restauración.
 
En relación a la agrimensura, el certificado (estado parcelario) seguramente lo habrá agregado el escribano a la documentación vinculada con la escritura, pues está previsto en nuestra provincia por la ley de catastro nº 26609.
Transcribo texto de la ley mencionada referido a la pregunta.
Certificación catastral
ART 11.  El estado parcelario se acreditará por medio de certificados que expedirá el organismo catastral en la forma y condiciones que establezcan las legislaciones locales. Para la expedición de certificados catastrales en oportunidad de realizarse cualquier acto de constitución, modificación y/o transmisión de derechos reales, se deberá asegurar que el estado parcelario esté determinado y/o verificado y que no haya expirado el plazo de su vigencia.
ART 12.  En los actos por los que se constituyen, transmiten, declaren o modifiquen derechos reales sobre inmuebles, se deberá tener a la vista la certificación catastral habilitante respectiva y relacionar su contenido con el cuerpo de la escritura o documento legal correspondiente. No se requerirá la certificación catastral para la cancelación de derechos reales, y constitución de bien de familia, usufructo, uso y habitación, e inscripción de embargos y otras medidas cautelares.
ART 13.  A los efectos de las inscripciones de los actos citados en el artículo 12 de la presente ley en el Registro de la Propiedad Inmueble, se acompañará a la documentación correspondiente el certificado catastral, sin cuya presentación no procederá la inscripción definitiva.
Saludos cordiales. Carapa :)


   
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: freewind en Junio 15, 2012, 09:17:36 pm
Leo estos posteos con mucho interés, pero no encuentro que alguna vez se hable desde el otro lado de la cuestión: no de terminar de lograr una posesión por usucapión, sino de iniciarla.
Es decir, concretamente: ¿qué pasa si se ubica un terreno sin dueños, porque han fallecido y no hay herederos? ¿Si se pagan impuestos atrasados, se empieza a hacer mejoras, a construir...? ¿Qué pasa con los llamados "terrenos fiscales"? Me han dicho que pasados 30 años, si no se ha hecho nada en un terreno ni se han pagado impuestos, el Estado lo "fiscaliza", o sea pasa a ser del Fisco, ¿es así...?
Tengo a un par de conocidos que están iniciando un plan de este tipo (no quieren darme mucha info), y me están animando (tengo sí, un par de buenos datos).
Obviamente, a esta altura del partido, sería un proyecto a ser continuado por hijos y/o nietos.

¿Alguien tiene la justa...?
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 15, 2012, 09:22:03 pm
Una vez más gracias, Guillermo, por tu amplia y comprensible información y, como siempre, tu buena predisposición y dedicación de tu tiempo.
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 15, 2012, 09:40:00 pm
Leo estos posteos con mucho interés, pero no encuentro que alguna vez se hable desde el otro lado de la cuestión: no de terminar de lograr una posesión por usucapión, sino de iniciarla...

¿Alguien tiene la justa...?

Tengo conocimiento de varios casos que poseen sus terrenos y/o inmuebles en formal legal y a través del usucapión. Finalmente es un juez el que otorga este beneficio después de las acciones legales pertinentes.
Respecto a los terrenos fiscales, hasta donde yo se, sólo se enteran los que están vinculados a algún funcionario allegado a estas disposiciones de otorgamientos, vale decir que generalmente , salvo honrosas excepciones, se usan con fines políticos, amiguismo y demás situaciones similares...

Si hiero la susceptibilidad de alguien o estoy equivocado, pido disculpas. 
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 15, 2012, 09:50:34 pm
Carapa, me parece muy buena la idea de Adriano nos evitará repetir lo mismo con cada forista que ingresa con intención de comprar.
Deale, deale! ;D

No podrías moverlo o incluirlo en el Tema CONSEJOS BÁSICOS PARA LA COMPRA DE UNA PROPIEDAD Y REALIZAR TRABAJOS (http://laisladelta.com/foro/index.php?topic=1079.0)
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: freewind en Junio 15, 2012, 11:10:07 pm
Por eso, Adrián, siempre estamos hablando desde el lugar del que quiere terminar de poseer, pero no se habla, o no hay muchas ideas sobre cómo se inicia el largo proceso para lograrlo.
¿Será porque siempre estamos hablando de situaciones "de facto"? No suele haber sugerencias, consejos o directivas cuando la situación no es tan convencional (aunque con la intención de que sea todo legal, a su debido tiempo).
Usucapión es un juicio que, según parece, si se cumplen las condiciones debidamente, generalmente se gana (tengo entendido que suele ser así). El tema a observar con atención es contra quién habrá que litigar de aquí a veinte años, prever cuál sería la situación que dé mejores garantías de éxito.

Pero... ¿cómo se empieza...?
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 15, 2012, 11:33:06 pm
Mirá Osvaldo, para empezar, auná todos los requisitos que se han posteado, referidos a la documentación probatoria, testigos, trámites catastrales e impositivos y demás. Lo ponés en manos de un abogado que esté en el asunto y preferiblemente cerca del tribunal de la jurisdicción legal y se inicia el trámite. Como vos bien preguntaste, nosotros, a nuestra edad: lo veremos terminado? No creo. Pero una vez iniciado correctamente el juicio se puede vender con derecho de cesión y posesión, comprometiéndose a colaborar con el comprador para la prosecución de la causa. Obvio, el valor de venta no va a ser el de plaza. Tampoco se pueden pagar más de 5 años juntos, vale decir que la deuda consolidada no corre. Una cosa es el espíritu de la Ley y otra su aplicación.
Aunque que esto me subleva, debo admitir que si "tocás" a alguien de la Municipalidad (Of. de Tierras o Catastro) o un "pescado más gordo: sale como por un tubo...

Es lo que hay, amigo, no le demos más vueltas.

Abrazo!
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 16, 2012, 11:51:14 am
Otra vez GRACIAS PATRY ! por dar lugar a mi otro pedido. Es muy importante tener a mano esta data para, como vos decís, no estarla repitiendo regularmente.

Al que pregunte algo sobre un tema fijo... le pegamos, eh Patry?  ;)

Tengo miedo... este ordenamiento del foro, no será como la última voluntad de un condenado a muerte, no ? Me van a rajar???  ;D   ;D

VAMOS CON LA COMUNIDAD MAS CONOCIDA EN INTERNET Y ALREDEDORES!
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: patricia en Junio 17, 2012, 11:30:34 am
EHHHHH que pasha don Adriano, tomelo como lo que es, usted me enseña y yo trato de aplicar.
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 17, 2012, 12:59:56 pm
Daleeee Patry!  :D
Gracias por tu buena voluntad y predisposición !  :-*
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: RODRIGO73 en Junio 18, 2012, 05:41:09 pm
Gracias Carapa por la completa respuesta.
Creo es muy dificil saber si un terreno quedó "huerfano", es decir sin dueños ni herederos. Siempre se corre el riesgo que en algun momento aparezca algun heredero.
Tengo conocimiento que en Bariloche (Peninsula San Pedro) se han tomado muchos terrenos de esta forma, y una vez que esta construida la cabaña es casi imposible sacarlos, porque la cabaña vale mas que el terreno. Probablemente (o seguramente) habrá algun tongo en la Muni para hacer estas maniobras y pagar los impuestos.
Los dueños reales, si aparecen, les sale mas caro iniciar acciones con abogados y demas que lo que vale el terreno.
Igualmente, siempre aconsejo que por derecha siempre mejor. Aunque el usucapion sea una herramienta legal. La tranquilidad tiene su precio...
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Islario en Junio 19, 2012, 09:27:29 am
Respecto a derechos y usurpaciones.
En la zona de Esperita y Angostura los loteos son aprox del cuarenta y tantos. Hay terrenos comprados en esa época y jamás siquiera visitados por sus "propietarios". Acá siempre se recomienda preguntar a los vecinos. Los vecinos saben si alguien apareció alguna vez en 50 años. En terrenos abandonados como esos muchas muchachas y muchachos han levantado su ranchito y habitado la zona en los últimos años. Después pueden ir pagando los impuestos y hacer el juicio. En esos casos, a mi entender, no se afecta los derechos de nadie. Al fin y al cabo, aquel que compró un terreno y lo olvidó por 40 o 50 años tampoco asumió ninguna resposabilidad social al respecto.
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Pablín en Junio 19, 2012, 10:29:05 am
Estimado Rodrigo, como muy bien expresara Carapa, el que usurpa un terreno, PESA SOBRE ÉL la obligación de restituirlo al propietario, en el mismo estado en que se encontraba previo a la usurpación, por lo cual si construyó una cabaña, debe retirarla del predio, sin perjuicio del derecho del propietario a reclamar daños y perjuicios por la privación del uso y goce de la propiedad por el tiempo que durara la usurpación y los daños al terreno que no puedan volverse a su estado original. Nunca un propietario puede deberle a quien cometa un delito, pues sino estaría obteniendo un beneficio económico derivado de un acto o hecho ilícito, sería un contrasentido.

En este sentido, si fuere interés y solo si fuese interés del propietario, puede ofrecer pagar por la construcción en lugar que se la lleve, o bien compensarse con los Ds. y Ps. Compensación que los usurpantes no aceptan pues como no tienen nada que perder, prefieren llevarse todo, ya que ni sueldo en blanco tienen para que les embarguen en el subsecuente juicio por daños.

Que temazo y tan vigente, por cierto.
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: luisito en Junio 20, 2012, 12:14:45 am
Es cierto lo que dice Adrian; ademas el escribano solicita a la parete venddedora un plano catastral hecho por un agrimensor, solicita el estado parcelario, te entrega la escritura con los impuestos y servicios al día, e inscribe el inmueble en el registro de la propiedad y alguna otra cosa que se pasa en este momento. Hay que verificar quién es el escribano por que hoy ya no se puede confiar ni en los escribanos!!!!!!!!
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Jose2008 en Junio 25, 2012, 01:29:45 pm
Hace una semana me fui a catastro de Tigre a preguntar. Según ellos tenés que comprar el plano catastral de tu zona. Llevás la boleta del imp municipal de tu terreno y te lo venden a $18. Con eso te vas a una escribanía y pedís un informe de dominio (creo que se llama asi) o sea averiguar quien es el dueño del terreno que te interesa. Según me dijo el empleado las escribanías de la zona saben como es el trámite.
Saludos.
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: carapachay en Junio 25, 2012, 09:13:54 pm
José... Es así como vos decís y lo que te informó el municipio de Tigre es correcto... Cada escribano tiene un gestor, así que se lo podés pedir, o directamente a una gestoría que haga trámites en el Registro de la Propiedad de la Prov.de Bs.As. (en La Plata) que te tramite el pedido de dominio (hay trámites simples y urgentes).
Con ese documento podrás saber quien detenta la propiedad del inmueble (ya sea unico titular o encontrarse el bien en condominio), ya que en el Registro platense se encuentra el "folio real" de todos los inmuebles de nuestra provincia, en el cual se asientan todos los trámites que modifiquen el estado dominial (ejm. compraventa, hipotecas, donaciones, permutas, hipotecas o medidas caurtelares que se hayan trabado para impedir la disposición del bien).  También el documento expresa en que escribanía se hizo la ultima modificación del estado, lo que puede ayudarte a ubicar al propietario, pues siempre algún dato poseen, sobre todo si es de fecha cercana.
Saludos
Carapa :)
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: ojitosclaros en Junio 26, 2012, 04:38:06 pm
Tema escritura

Por ahi alguien me aclara una duda


Mi viejo compro el lote por el 75/76, poseo el boleto de compra venta  a su nombre, pero nunca se hizo la escritura.
Mi viejo falleció hace hace mas d 20 años y el rancho quedo varado en la sucesión , yo tengo los derechos por herencia a mi nombre, pero me falta terminar el tramite. (y los que aparecen en el boleto de compra venta ya deben tener el dto en el cielo hace tiempo)

Alguien tuvo algo así? tener boleto pero no la escritura?  o alguien quien me oriente q cuernos debería hacer. La vez que averiguo mi vieja (unos 16/15 años) le dijeron q tenia q ir a La plata a no se que  y también el agrimensor no se para que.

PD: perdón adry si no va aca, pero como era tema  escritura me mande
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 26, 2012, 07:40:38 pm
Según entiendo, si vos tenés los derechos sucesorios y no hay otros herederos, solo deberías inscribir la sucesión y de allí saldría finalmente la escritura.
Los boletos de compra venta (en algunos casos) después de un tiempo caducan.

Creo que quien mejor te puede informar es el Dr. Carapa...

Suerte y que termines rápido con el molesto papelerío.
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: carapachay en Junio 27, 2012, 10:57:06 am
Che Adrian, en el Colegio de Abogados están tramitando un proceso por ejercicio ilegal de la abogacía...  Yo salí en tu defensa y les dije que paren el trámite porque lo hiciste de onda... Che, estás cobrando honorarios, eh??? Ja ja ja
Ojis... Te cuento que el dominio sólo lo puede transmitir el propietario (aquel que se encuentra registrado en el “folio real”), o por decisión judicial.

En en caso de existir una compraventa a través de un boleto (como en el caso de tu padre), solo se adquieron derechos personales, no reales, y ese derecho se traslada a los herederos. Con la declaratoria dictada, los herederos de tu padre tendrían que continuar el trámite a fin de escriturar en la sucesión del titular de dominio, si este hubiera fallecido. Requiere la intervención de un letrado.
Ese es uno de los caminos, y el otro podría ser a través de un juicio de usucapión por posesión veinteañal (la de tu padre y la que vos continuaste por más de veinte años), lo que evitaría presentarse en la sucesión del vendedor.   Este trámite no es sencillo y lleva su tiempo, y debe ser llevado adelante en tribunales con la asistencia letrada

En el caso que fuera vivienda permanente (o casi permanente que parezca permanente) podría ser iniciado en Casa de Tierras del municipio en que está la vivienda, lo que te ayudaría bastante en la tramitación.  Podrías ver como funciona en Tigre, si allí está la casa.
Saludos
Carapa :)  
Título: Re: sobre escrituras con problemas de ocupacion , atencion a compradores.
Publicado por: Adrián en Junio 27, 2012, 11:35:59 am
Che Adrian, en el Colegio de Abogados están tramitando un proceso por ejercicio ilegal de la abogacía...  Yo salí en tu defensa y les dije que paren el trámite porque lo hiciste de onda... Che, estás cobrando honorarios, eh??? Ja ja ja

Gracias Guille por tu intervención. Te juro que solo estoy cobrando los honorarios que me fija el juez (incluyendo tu "mordida"...) ;)
Shhh, ahora que no está Betty: en el concurso de remeras y pantalones mojados te voy a dejar sentar al lado mío y cuando venga el calorcito te llevo a la playita nudista, como recompensa, tamo?  :D   :D    ;)

Ojitooos, pasá por mi oficina que tenemos que hablaaar!!!  :D


Gracias Carapa, por tus informaciónes y aportes , nos vienen bien a todos...

Abrazo!