Tengo data supuestamente "actual", de ahí a que se cumpla y se haga cumplir...
No sé que pasaría para San Fernando y Escobar (?)
Municipio de Tigre
Programa Isleños
Delegación Delta de Tigre
La Delegación atiende de Lunes a Viernes de 8 a 18 hs. en Mitre 345 Piso 1º Tigre. Teléfono: 4512-4545. Teléfono de Delegado: 155-428-5413. (emergencias 24 hs)
Se informa a la comunidad sobre algunas regulaciones establecidas en distintas Ordenanzas y/o Decretos Municipales:
- Los propietarios ribereños de ríos y arroyos nacionales navegables o que sirvan a al comunicación vecinal, están obligados a limpiar sus riberas en toda la extensión de su propiedad por lo menos dos veces al año.
- Quedan igualmente obligados los propietarios a tener un camino siempre limpio, que tenga por lo menos un metro de ancho.
- Todos los propietarios de islas están obligados a permitir el tránsito por la ribera de los ríos y arroyos nacionales navegables, a cuyo efecto deberán tener libre de plantaciones y sembrado un camino de por lo menos dos metros de ancho, que tendrán que mantener continuamente y por su cuenta, en perfectas condiciones de limpieza y libre de todo obstáculo.
- Quedan igualmente obligados a construir puentes que ofrezcan la suficiente seguridad, de ochenta centímetros de ancho por lo menos sobre todas las zanjas de desagüe y horquetas que atraviesen el camino.
- En las zanjas y horquetas que sirvan de deslinde o línea divisoria entre dos propiedades, los puentes serán construídos a medias por cada propietario.