El codigo civil regula al respecto. En cualquier parte puede haber una propiedad cuyo titular haya fallecido sin herederos y esta seria apropiable por la posecion durante los plazos y modos que la Ley regula. Esto no es delito ni nada objetable, lo malo es que algunos DELINCUENTES SIMULAN lo anterior y estafan a los propietarios y a los compradores incautos. Muchas veces con el apoyo de algun CORRUPTO. T ambien hay propiedades abandonadas por gente que se pudrio de este pais y se FUE.