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Temas - Pupi

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Construcción / Necesito constructor en cemento y ladrillos
« en: Marzo 18, 2018, 03:14:21 am »
Hola a todos, tanto tiempo!  Siendo que en el 2014 tuve la suerte de que acá me recomendaran al carpintero Hugo Rios y me fue muy bien con el, quiero preguntar si alguien puede recomendarme gente para la construccion de una casita de material en la isla (ladrillos-cemento).
Saludos y gracias!!

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Entre Ligustros / Ficus
« en: Octubre 01, 2015, 11:40:10 am »
Hola a todos!
Tengo una duda.
Me gustan mucho los ficus, sobre todo cuando crecen despues de algunos años..esa mezcla entre arbol y arbusto..con aires de Ombu jajaj..en fin. La duda es..crecerán en el delta?.Me refiero a si planto algunos..si sobreviviran.. Parece una planta fuerte, es perenne, los veo por todos lados pero jamas vi uno en las islas y eso me da intriga.
Agradeceria opiniones.
Saludos!

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Flora / Ficus
« en: Octubre 01, 2015, 11:37:48 am »
Hola a todos!
Tengo una duda.
Me gustan mucho los ficus, sobre todo cuando crecen despues de algunos años..esa mezcla entre arbol y arbusto..con aires de Ombu jajaj..en fin. La duda es..crecerán en el delta?Me refiero a si planto algunos..si sobrevivirán.. Parece una planta fuerte, es perenne, los veo por todos lados pero jamas vi uno en las islas y eso me da intriga.
Agradeceria opiniones.
Saludos!

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Creo que no se la jugaron mucho, podrian haber puesto una velocidad maxima expresada en km/h /nudos.



“2015– Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres”
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA   


---GRE, 23 de Enero de 2015.-

Visto los antecedentes referidos a inconvenientes y acaecimientos producidos entre botes de remo, muelles particulares y las embarcaciones deportivas y comerciales a motor en aguas de la Primera Sección de Islas del Delta; y

CONSIDERANDO:

La experiencia recogida durante el desarrollo de la presente gestión, las particularidades de la jurisdicción correspondiente a la Primera Sección de Islas del Delta del Paraná, el notable incremento del tráfico en la zona y la navegación deportiva en particular, sumando a ello los acaecimientos donde en la gran mayoría han estado involucrados embarcaciones menores, (botes de paseo y kayaks, piraguas, etc.), que sufren hundimientos, vueltas campana, varaduras etc., producto principalmente por la generación de olas de las embarcaciones a motor de navegación comercial y de placer o deportiva.

    Que con el objeto de minimizar los potenciales riesgos permanentes, se hace necesario inculcar, concientizar y difundir, a los propietarios de las embarcaciones a motor, respecto de la velocidad a la que debe desplazarse al navegar en las zonas de alto tránsito, a fin de evitar acaecimientos.

Que la navegación a motor implica el desplazamiento de una masa de agua, generando olas, que perjudican e impide una navegación segura para los botes a remo y embarcaciones menores.

Que habiendo expirado el 20 de Abril de 2014, el plazo fijado en la Disposición PZDE,RI.7 Nº 01/13, en la cual establecía una vigencia por el término de CIENTO OCHENTA (180) días como carácter experimental.

Que a raíz de las altas velocidades desarrolladas por embarcaciones a motor que transitan por el Río Lujan desde la intersección con el Canal Vinculación hasta el Arroyo Caraguatá; Río Sarmiento; Río Carapachay; Arroyo Dorado; Arroyo Pajarito y Arroyo Abra Vieja, provocando ello, oleaje permanente afectando las ondas de agua no solo ambas márgenes, sino también la navegación de embarcaciones menores,  y aquellas que se hallan amarradas a la costa/muelles.

Que es de interés de la Prefectura Naval Argentina, fijar pautas de carácter general, de cumplimiento obligatorio, a fin de preservar la Seguridad de la Navegación en la Primera Sección del Delta, de conformidad con lo previsto en la Ley General de la Prefectura Nº 18.398 y Ley de la Navegación Nº 20.094.

Que el Artículo 4° de la Ley 18.398, establece que la Prefectura Naval Argentina, actúa con carácter exclusivo y excluyente en mares, ríos, lagos, canales y demás aguas navegables de la Nación que sirvan al tránsito y al comercio ínter jurisdiccional y en los puertos sometidos a jurisdicción Nacional.

Que el Artículo 302.0102 del Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre REGINAVE (Decreto 4.516/73), determina como atribución de la Prefectura Naval Argentina el dictado de normas a las que tendrá que ajustarse cada puerto en particular.

Que el Título 3, Capítulo 01, Artículo 301.0402 del citado cuerpo normativo, establece que la Prefectura dispondrá las normas particulares que complementen las disposiciones generales sobre Seguridad de la Navegación.

Que el mencionado Capítulo, establece además como norma general la aplicación del "Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes" en todo su contexto a través de su artículo 301.0101.

Que lo normado en los Artículos 402.0103 y 402.0311 del REGINAVE, y su interpretación interdependiente, facultan a esta Autoridad Marítima a adoptar normas particulares.

Que esta Autoridad Marítima considera, en razón de los distintos portes de embarcaciones y desplazamientos de aguas que generan aquellas que navegan en la zona y utilizan vías navegables como los cursos de agua mencionados en los tramos descriptos, siendo imperioso dictar una Disposición que regule la armonía de la navegación de los distintos actores involucrados y las embarcaciones que conducen, con el único propósito de propiciar una navegación segura en salvaguarda de bienes y vidas humanas en las aguas.

Por ello:

EL PREFECTO DE ZONA DELTA

DISPONE

ARTÍCULO 1º: Fíjese para la totalidad de embarcaciones a motor (Deportivas y Comerciales) que naveguen por: Río Lujan desde la intersección con el Canal Vinculación hasta el Canal Arias - Río Sarmiento - Río Caraguatá - Río Carapachay – Río Capitán - Pasaje El Sueco, desde la intersección con el Río Paraná de las Palmas hasta el Arroyo Sin Nombre - Arroyo Dorado - Arroyo Pajarito - Arroyo Abra Vieja - Canal del Este, desde el Canal Honda hasta el Arroyo Tres Sargentos  - Río San Antonio a partir del Canal Vinculación, hacia su confluencia con el Río de la Plata-, la obligatoriedad de mantener en todo momento una velocidad mínima compatible con el buen gobierno del buque/embarcación, de manera tal de no generar oleaje que pueda producir situaciones peligrosas y/o acaecimientos a las embarcaciones menores y/o daños a las zonas costeras (muelles, tablestacado, etc.).

ARTÍCULO 2º: La presente Disposición entrará en vigor a partir del 30 de Enero de 2015, aplicándose en cualquier condición climática, de visibilidad o del régimen fluvial de los ríos.

ARTÍCULO 3º: No obstante, la velocidad permitida podrá variar como excepción cuando el timonel, capitán o práctico a cargo de la embarcación a motor, lo consideren necesario por razones de Seguridad de la Navegación o emergencia, comunicando tal decisión a las Estaciónes Costeras de Seguridad que correspondan por los Canales 16 y 74 del Servicio Móvil Marítimo.

ARTÍCULO 4º: Las Dependencias Subordinadas remitirán copia de la Presente Disposición a todas las empresas armadoras involucradas, clubes náuticos, clubes de remo, guarderías náuticas y entidades afines a la navegación, que tengan asiento en su Jurisdicción.

ARTÍCULO 5º: Las Estaciones Costeras correspondientes a través de la frecuencia del SMM, emitirán el correspondiente Aviso a los Navegantes en forma cotidiana de los alcances establecidos en la presente Disposición. 

ARTICULO 6º: Gírese copia de la presente a la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, Dirección de Operaciones, Servicio de Tráfico Marítimo, Departamento Deporte Náutico y a las Dependencias Jurisdiccionales/Unidades de esta Prefectura de Zona, para su conocimiento.
ARTÍCULO 7º: Manténgase copia en la División Operaciones de esta Prefectura de Zona, como material de consulta permanente.

 
                                                                     

Disposición PZDE, RI7  Nº 02/15.-



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Carpintería/Maderas / Duda sobre matabichos casero
« en: Enero 29, 2015, 12:36:33 am »
Hola!
Tengo la casa de madera (pino) recién construida y antes de pasarle cetol quiero poner algo contra los bichos, tanto del lado de afuera como de adentro.
Lo obvio seria el penta pero es caro y seria ideal poder usar la vieja formula: Naftalina diluida en Kerossene (escuche que para partes visibles mejor no gasoil ni aceite usado por el olor y color).
Igual me surgen dudas: ¿el preparado de kerossene con naftalina es TRANSPARENTE? Si uso kerossene con naftalina ¿puedo después ponerle un cetol con algún tono, agarra el cetol sobre esa base o me lo va a levantar? ¿¿Quedara mucho olor?? Creo que del lado de adentro de la casa no me conviene usar kerossene y naftalina por el olor que va a quedar, ¿no?
¿El penta si es transparente? Deja olor?
¿El penta se puede poner con la maquina de pintar/pistola?
Gracias!

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Plomería/Tanques/Agua/Bombas / Plomero o "similar"
« en: Diciembre 30, 2014, 09:24:19 pm »
Hola!
Alguien podría recomendarme un plomero de la isla o alguien que pueda hacerme las conexiones de agua, sanitarios etc?

Gracias!

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Náutica/Navegación / Duda asentar motor en Matricula
« en: Diciembre 26, 2014, 02:38:47 am »
Hola!
Tengo una duda: acompañe a un amigo a comprar una lancha a una casa náutica porque supuestamente yo entiendo mas que el y me surgió una duda respecto del asentamiento del motor fuera de borda.
Este negocio te vende la lancha 0km con motor fb y se la entregan matriculada por unos pesos extras.
La lancha se la entregan en 20 dias. En un momento le preguntamos si nos darían factura de casco y motor y nos dicen que no rotundo, que nos dan la matricula. Que al igual que cuando compras un auto te dan el titulo y no una factura. Sono razonable.
Pero en otro momento me pareció escuchar como que el motor no se asienta en la matricula (el motor es okm y esta incluido en la compra).
Ojo, no estoy seguro de que pretendan NO ASENTAR el motor fuera de borda pero ahora me surgió la duda y me alarme...fue larga la charla y en un momento me pareció escuchar eso.
¿Que opinan? No pueden entregar un motor sin factura y tampoco asentarlo en la matricula, seria un motor fantasma, verdad?
Seguramente yo estoy equivocado y lo asientan en la matricula pero antes de ir al choque quiero estar mejor informado.
Saludos!

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Náutica/Navegación / Guarderia Caraguata
« en: Diciembre 24, 2014, 01:51:54 am »
Hola a todos.
Busco una guardería BBB (Buena Bonita Barata) por la zona del ACA,ruta 27 y alrededores.
Del Caraguata hacia el lado de dique lujan porque cuando vengo de capital EN AUTO, me gusta entrar por ramal escobar y ruta 27 (benavidez).
Seria para una lanchita de 4,70, ¿alguna idea de precios?.
Podría ser el Cáncamo pero escuche malas criticas.
Otro tema: horarios: hay algunas que cierren mas tarde que 19hs?? eso de andar corriendo por el rio para que no cierre la guarderia es una caggada.

Gracias!!

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Policía de Islas / Inseguridad / Tanza Pesca
« en: Octubre 13, 2014, 11:34:32 pm »
Me siento medio bol... consultando esto pero:

Van dos veces que navegando por el delta con mi lancha estuve muuuyy cerca de llevarme puesta una tanza de pesca (de cañas que están fijas en muelles y las tanzas llegan hasta el medio del rio aprox). En ambos casos, si no las hubiese visto de casualidad, el contacto habría sido con mi cara, cuello etc.

El tema me genera mucha intriga porque se que las tanzas son muy difíciles de cortar, y sospecho que esto debe haberle pasado a varios. Pienso que a velocidad media, una tanza firme puede generar una lastimadura importante.

Dos aclaraciones importantes:

1) No objeto la presencia de las cañas y tanzas, están en todo su derecho.

2) Nunca voy a alta velocidad, tampoco a la velocidad de un bote a remo.

Saludos!

10
Electricidad (& Edenor) / Pedir medidor Edenor
« en: Octubre 13, 2014, 11:15:38 pm »
Hola a todos!
Quisiera pedir consejos para solicitar el medidor de Edenor. Tengo un terreno limpio (desmalezado) que solo tiene un muelle, no tiene vivienda todavía.
Necesito pedir el medidor porque pronto arrancan a construirme una cabaña de madera. En la zona hay servicio, todas las casas linderas tienen.
¿Cuales son los pasos?
¿Conviene pedir medidor de obra? Se que el servicio con medidor de obra es mas caro pero..cuanto mas caro? Y si pido de obra, después pasarme al normal no es mas fácil?
¿Como es la famosa torre que hay que instalar para pedir el servicio?

Agradeceria comentarios.

Gracias por toda la ayuda que dan siempre, este foro es genial.

Saludos!



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Carpintería/Maderas / Base y Cabaña Madera
« en: Septiembre 13, 2014, 03:18:50 am »
Hola a todos.
Con un poco de suerte, muy pronto me voy a encontrar en la grata situación de tener que elegir a quien me construirá la base y la cabaña en la isla. TODO EN MADERA.
Se que mi consulta es complicada pero quisiera saber si pueden recomendar a alguien.
Gracias a "guiller" que me recomendó a Roberto...parece muy bueno pero siempre antes de hacer algo acostumbro a evaluar dos opciones.
Me gustaría encargarle el trabajo a alguien responsable, cumplidor con los tiempos. Mi idea es - en lo posible- encararlo de una y tratar de hacerla en 3 meses aproximadamente.
Me tientan esos que en mercadolibbre publican construcción "llave en mano" pero solo me animaría si alguien me lo súper recomienda..y es difícil.

También quisiera pedir opiniones en cuanto al presupuesto: Base de 45 metros cuadrados de madera. Cabaña de 40 metros cuadrados de madera.

Espero respuestas, gracias!!!

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Hola a todos!
Pregunta: ¿es posible comprar un lote en la segunda sección o finales de la primera por u$s 10.000 (o $100.000?)??
Podrían aconsejarme? Necesito que sea navegable, no me importa demasiado si llega la colectiva, se que es importante pero por el presupuesto no puedo ponerme exigente.

Lei que lo publicado en internet suele ser mas caro...es asi? Donde buscar?

Agradeceria respuestas!!

Saludos

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