El tema de la contencion de la costa y el camino de sirga son dos temas importantes.
Entiendo que el Municipio, asi como habilita una linea de transporte fluvial, percibe franquicia, una tasa y un impuesto, debe como contraprestacion proteger la costa de los vecinos. No tengo objeciones de pagar mas si me dan servicio y cuidan mi lote (que por supuesto perdio mas de 25 metros de profundidad por la erosion de las embarcaciones).
Con respecto al camino de sirga, en otro foro propuse, a raiz de la modificacion del codigo civil que esta ya no sea de 35 metros sino de un maximo de 5 en las islas.
Por utlimo, el camino de sirga no se lo come el rio, dado que siempre se inicia desde la costa y como esta se viene encima por la erosion las casas quedan con el tiempo en el camino de sirga.
En sintesis, el propietario queda en infraccion (casa en camino de sirga) por la inaccion de la administracion (proteccion de costas, dragado de rios y limpieza de las vias navegables) y se rige por las normas de los tiempos de las carretas (servidumbre administrativa de 35 metros)
Saludos, alejandro