Ahora que la Municipalidad descubrió una nueva fuente de ingresos con vigencia desde el 01/01/2010 y pretende una regularización en un breve lapso de tiempo, me pregunto :
¿pueden pretender una regularización retroactiva para construcciones finalizadas antes de dicha fecha?
¿no debería entrar en vigencia solamente para obras nuevas?
¿no estaríamos en presencia de violación de algún artículo constitucional?
Entiendo que sí era necesaria la actualización en ARBA -> impuesto inmobiliario -> revalúo en función de construcciones, ampliaciones, mejoras.
¿Alguien puede desasnarme?
Yo también leí el "indigesto" (como dice Ojitosclaros), etc. y no saco nada en limpio.
Adriana: sería mucho perdirle a tu primo que la Muni se digne hacer una nota con todas las aclaraciones pertinentes , en vez de que nos amenacen con multas y demás acciones?
Saludos