gracias por el dato
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Menú Mostrar MensajesCita de: rigoberto en Diciembre 19, 2016, 11:48:18 AM
Hola, te adjunto texto extraído de la página de Arba:
Información del impuesto a las embarcaciones deportivas
I. El impuesto, previsto en los artículos 244 y siguientes del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, comprende a las embarcaciones afectadas al desarrollo de actividades deportivas o de recreación, que estén propulsadas en forma principal o accesoria a motor y que tengan su fondeadero, amarre o guardería habitual en la provincia de Buenos Aires.
Entiendo que en tu caso no tenés obligación de inscribirte ya que tu embarcación tiene guarda fuera de la Provincia de Buenos Aires, por lo que creo que deberías presentarte en Arba con la intimación y alguna constancia de donde guardás la embarcación.
Saludos y suerte.